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La Justicia condenó a Menem

sábado, 9 de marzo de 2013

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La Justicia condenó a Menem por el contrabando de armas en los 90

Caso testigo de triangulación de armamentos. Casación revocó un fallo de 2011 de primera instancia que lo había absuelto. Camilión y 16 acusados más recibieron la misma sentencia.


Mala nueva. Menem había estado preso por el sonado affaire, pero zafó de ser condenado. Ahora puede ir a la cárcel.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal condenó ayer al ex presidente Carlos Menem como coautor de contrabando agravado en la causa por el envío ilegal de 6.000 toneladas de armas y pertechos bélicos del Ejército a Ecuador y Croacia durante la década del 90.
En septiembre de 2011, el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº3 había absuelto a Menem y a los otros 17 acusados. Ahora Casación revocó aquel fallo.
La causa llegó a Casación (el máximo tribunal penal del país) tras los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y la Aduana contra esa absolución.
Las penas del senador Menem, del ex ministro de Defensa Oscar Camilión y de algunos de los otros 16 acusados serán fijadas por el mismo tribunal que los absolvió en 2011 al considerar que la decisión de exportar armas obedeció a una orden de carácter político.
De todos modos, voceros judiciales adelantaron que el Tribunal Nº3 pediría el desafuero en caso de que Menem recién cuando fracase en su intento de llegar por la vía normal de apelación ante la Corte Suprema de Justicia, como se espera que hará.
Menem fue condenado como "coautor del delito de contrabando agravado por tratarse de material bélico y por contar con la intervención de funcionarios públicos y de más de tres personas, reiterado en diez hechos".
También fueron condenados el supuesto traficante de armas Diego Palleros como "coautor"; los ex directores de la Dirección General de Fabricaciones Militares (DGFM), Manuel Cornejo Torino y Julio Jesús Sabra; el ex gerente de comercialización de DGFM Haroldo Luján Fusari y su ex colaborador Carlos Alberto Núñez, todos como partícipes necesarios del contrabando.
La lista de condenados comprende al ex interventor de la DGFM Luis Sarlenga, al ex director de coordinación Edberto González de la Vega, al ex director de producción Carlos Jorge Franke, a Jorge Cornejo Torino (de la Fábrica Militar de Río Tercero) y a la ex jefa de abastecimiento y comercio exterior de la DGFM Teresa Irañeta de Canteiro.
El tribunal, compuesto por Luis María Cabral, Juan Gemignani y Raúl Madueño, confirmó las absoluciones de Yoma, Mauricio Muzi y Enrique Julio de la Torre.
En el juicio, los fiscales Marcelo Agüero Vera y Mariano Borinsky (este último hoy juez) habían pedido para Menem la pena de 8 años y en simultáneo el desafuero, y 7 años para Camilión y Yoma.
Destino conocido. Los camaristas recordaron que Menem fue quien firmó los decretos de 1.697/91, 2.283/91 y 103/95, y señalaron que éstos "fueron las piezas fundamentales del contrabando que se cometió", al tiempo que afirmaron que el ex presidente "conocía" que el destino de las armas era "ficticio".
Además hicieron hincapié en que "resultaba inconsecuente con la política exterior (de ese momento), claramente alineada a los intereses de Estados Unidos, que fuera llevada adelante por el presidente Menem" la aprobación de exportar armas a Panamá, que estaba invadido por aquel país.
Los envíos de material bélico tenían como destino original Panamá y Venezuela, aunque luego fueron a Croacia y Ecuador, los cuales tenían sus respectivos conflictos armados: "En los decretos se consignó países que no eran los reales destinatarios del material bélico cuya exportación se autorizaba, lo que mal puede considerarse como un actuar conforme a la ley", dijo la Casación.
"El ordenamiento determinaba la posibilidad de exportar bajo ciertos parámetros, de modo tal que ese marco delineaba también el control aduanero. Tales parámetros no pueden considerarse cumplimentados mediante la autorización a un destino falso por cuanto además tal circunstancia fue deliberadamente sustraída del conocimiento del servicio aduanero", añadió el tribunal.
Incluso, los jueces señalaron que de conocer los verdaderos destinatarios de las armas "habría provocado la detención del curso de las operaciones" por parte de la Aduana.
Además, los jueces aseguraron que la maniobra pudo provocar la declaración de guerra "por parte del otro beligerante, así como la exposición de los habitantes de la Nación a represalias (por caso, los soldados argentinos apostados en Croacia los) y la afectación de las relaciones amistosas con un gobierno extranjero (como efectivamente ocurrió en el caso de Perú)".
Burla completa. "Resulta difícil imaginar una burla más completa de todo el sistema jurídico de prohibiciones y de fiscalización del decurso de mercaderías a través de la frontera nacional", aseguraron los jueces en el fallo.
En ese sentido, alertaron que "la seguridad pública y defensa nacional fueron puestas en peligro por las maniobras de contrabando"
Por último, el tribunal recordó que la Argentina aprobó una resolución de Naciones Unidas mediante la cual se dictó la prohibición de exportar armas "a regiones en conflicto".
En el juicio que había absuelto a todos los acusados declararon 400 testigos durante casi tres años, y la investigación lleva ya unos 16 años luego de la denuncia que realizara en ese entonces el abogado Ricardo Monner Sanz.
La denuncia fue presentada en 1995 y Menem estuvo preso unos seis meses por orden del entonces juez federal Jorge Urso.
"El fallo muestra independencia"
El abogado Ricardo Monner Sanz, impulsor de la investigación por el affaire de las armas, consideró ayer que “el fallo muestra el deseo de hacer justicia y de independencia” con el poder político, “que no es lo que se busca en este momento desde las más altas esferas”, apuntó en referencia a la Casa Rosada. El letrado reconoció que “Menem no podría ser detenido por su calidad de senador y por ser octogenario”, remarcó y concluyó: “Si bien en el inicio pareció que estaba en la vereda de enfrente del matrimonio kirchnerista en la práctica ha sido funcional con presencia o con ausencia”.
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